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Así va la reforma laboral en el Senado
A falta de un debate en el Senado para ser ley, la Comisión Cuarta envió el nuevo articulado con 77 puntos y modificaciones en temas como contratos Sena
La reforma laboral continúa su curso en el Congreso y está a un debate de convertirse en ley de la República. Luego que el proyecto reviviera en el Senado el 14 de mayo, tras la aprobación de una proposición de apelación, ahora el texto arrancará su cuarto debate, que se hará en la Plenaria, pese a que restan dos semanas y media para finalizar el periodo legislativo. De hecho, ayer se presentó el texto definitivo que se discutirá.
El texto con la ponencia mayoritaria, tiene cinco modificaciones frente al articulado que se discutió en la Comisión Cuarta.
Los cambios están relacionados en los artículos que regulan los contratos de los aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, la monetización de la cuota de aprendizaje, la remuneración de los trabajadores de tiempo parcial, la implementación de un régimen simple laboral y además de un artículo para la formalización de los transportadores de carga.
El primero de ellos hace alusión al artículo 23 que, con la adición del numeral dos y del parágrafo cuatro, establece que el aprendiz Sena recibirá al menos 75% de un salario mínimo mensual vigente y en la parte práctica será de 100%.
Así mismo, se determinó que el tiempo correspondiente a la fase práctica deberá ser certificada y reconocida como experiencia laboral. El articulado anterior no establecía la obligatoriedad de este reconocimiento, solo reconocía que podrán acceder a las prestaciones sociales y de salud en dicho periodo.
Sobre la monetización de la cuota de aprendizaje ya se había acordado el pago del cuota de aprendizaje correspondiente a 1,5 salarios mínimos legales vigentes por cada aprendiz que no se contrate. Sin embargo, se agregó un parágrafo en el que se indica que los programas de apoyos que se requieran, darán prioridad a los aprendices que se encuentren en situación de: pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad; y se añadió que los recursos se destinarán a ampliar la cobertura de la educación técnica, tecnológica y de formación para el trabajo dirigida a los jóvenes rurales.
La tercera modificación fue en el artículo 37, que ahora determina que quienes laboren jornadas inferiores al máximo legal y devenguen el mínimo convencional, regirá en proporción al número de horas efectivamente trabajadas.
Uno de los artículos que se agregó dentro de la propuesta fue el 70, que hace referencia a la implementación de un régimen simple laboral, con el que se busca facilitar la formalización laboral y reducir la carga administrativa para los empleadores, ofreciendo un marco jurídico más beneficioso para todas las partes involucradas.
“Habrá régimen simple para facilitar la cotización mensual de cesantías, agilizar trámite administrativo y que no sea un golpe de nómina, el saldo irá creciendo en el fondo en favor de los trabajadores”, señaló la senadora Angélica Lozano.
El otro artículo agregado es el 76, que dicta una serie de lineamientos en favor de los transportadores de carga del país. En este sentido, se priorizará la creación de incentivos para la formalización del empleo en el sector, la educación y la integración de los transportadores al Sistema de Seguridad Social.
La discusión del tercer debate se llevó a cabo en la Comisión Cuarta del Senado y fue presidida por la senadora Angélica Lozano, quien fue una de las mayores defensoras de la apelación en los días previos al hundimiento de la consulta popular (que finalmente será convocada vía decreto por el gobierno ante la Corte Constitucional).
Este debate significó, hasta ahora, el mayor avance para la ejecución del proyecto político en tanto que se aprobaron artículos como el recargo de dominicales y festivos de 100%, que implica un aumento de 25% frente a la tarifa actual; el inicio de la jornada nocturna desde las siete de la noche y hasta las seis de la mañana, seguridad social y otras obligaciones legales para los trabajadores de aplicaciones de reparto y el establecimiento de una prima legal adicional para empresas con un crecimiento mayor a 4% en el ejercicio contable del año inmediatamente anterior, entre otras propuestas.
“La prima legal adicional no atenta a la generación empresarial porque se haría efectivo al menos a partir del segundo año y no desde su constitución. Entraría en vigencia en enero de 2027”, señaló Carlos Mario Sandoval, people advisory services leader en EY Colombia.
Según Lozano, el debate en Plenaria iniciará el 9 de junio, y se espera que entre el 11 y 12 de junio se logre la aprobación del articulado por completo.
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